Las escrituras públicas son instrumentos públicos otorgados con las solemnidades que fija la ley, por el competente notario e incorporado en su protocolo o registro público.
Hacemos presente que en Notaría Henriquez tenemos el servicio de firma electrónica avanzada de nuestro Notario. Con ello, es posible que su escritura pública pueda ser enviada por correo electrónico a las partes y ser impresa las veces que sea necesaria. Así, el documento puede estar en su computador, celular o cualquier otro aparato electrónico, siendo verificable con un código QR. Con ello, igualmente, contribuimos a disminuir la impresión de los documentos y protegemos nuestro medio ambiente.
Las escrituras públicas tienen ciertas características y requisitos:
– Debe ser otorgada por un notario competente.
– Según nuestra ley, además toda escritura pública debe:
• Escribirse en idioma castellano con estilo claro y preciso;
• No pueden emplearse abreviaturas, cifras ni otros signos que los caracteres de uso corriente;
• No pueden contener espacios en blanco;
• Debe dejarse constancia de la identidad de los otorgantes con su cédula, salvo los recién llegados al país que pueden exhibir su pasaporte;
• La redacción de la escritura debe empezar expresando el lugar y fecha de su otorgamiento, el nombre del notario que la autoriza y el de los comparecientes, con expresión de su nacionalidad, estado civil, profesión y domicilio.
– Que se encuentre incorporada en el protocolo o registro público del notario.
Es importante no confundir el concepto de protocolo con el de “documento protocolizado”. Protocolización es el hecho de agregar un documento al final del registro de un notario, a pedido de cualquier persona interesada. Tal solicitud puede ser referente a cualquier instrumento, siendo público o privado.
Se gustas realizar tu escritura pública con nosotros, puedes escribir a los correos jpizarro@notariahenriquez.cl; gbaeza@notariahenriquez.cl y apoyoescrituras@notariahenriquez.cl