Es un contrato en el cual un arrendador acuerda con un arrendatario dar el uso temporal de un inmueble, obligándose mutuamente a cumplir con lo pactado en el contrato, tal como el mes de garantía o el precio del arriendo.
Este contrato puede ser presentado ya redactado, o bien puede ser redactado por nosotros.
Requisitos
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- Cédula de identidad
- Certificado de dominio vigente de la propiedad emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivos.
Según la nueva ley, el arrendador deberá acreditar el dominio del inmueble.
Es importante señalar, que en el caso de un contrato de arrendamiento de predios rústicos se exigirán las formalidades que exige la ley.
